Estatutos Generales

PREÁMBULO: DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

El Partido Revolucionario Dominicano es el partido del pueblo y la esperanza nacional. A través de la historia ha sido el impulsor de la democracia y luchador por el bienestar de todos los dominicanos y todas las dominicanas. Por ello, los perredeístas entendemos que nuestra misión política presente y futura es la de construir una sociedad justa, equitativa, paritaria, digna y solidaria, fundamentada en la democracia participativa, la economía social de mercado y la construcción de ciudadanía activa para alcanzar la mayor suma de felicidad posible.

El Partido Revolucionario Dominicano considera que para realizar los objetivos señalados anteriormente debe desarrollarse plenamente el concepto de un Estado fuerte que impulse la creación de riqueza, a través de incentivar la inversión privada siempre en el ánimo de mejorar y elevar el nivel de vida del pueblo en general y de sus clases medias y trabajadoras en especial; garantizar la igualdad en el acceso a educación gratuita y de calidad, y defendiendo a los grupos vulnerables y débiles de la población, capacitándolos para el buen vivir.

Un modelo económico justo promotor de la inversión productiva y garante de la redistribución del ingreso son principios de organización económica que acata el perredeismo. Para lograr estos fines esenciales, el Partido Revolucionario Dominicano está comprometido a orientar su quehacer partidista permanente hacia el perfeccionamiento del sistema jurídico, a través de las reformas necesarias y la acción decidida contra la opresión y la discriminación de todo género.

En el campo de las relaciones internacionales, el perredeismo defiende los principios de solidaridad y cooperación económica; el de no intervención en los asuntos internos de otros países; el de autodeterminación de los pueblos; el de la universalización de las relaciones exteriores, promueve la construcción de un mundo multipolar y la vigencia del derecho internacional en la solución de los conflictos entre naciones.

CAPÍTULO XXII – DE LA FORMACIÓN POLÍTICA

Del Centro de Pensamiento Democrático y Gestión Política:

ART. 154: El Centro de Pensamiento Democrático y Gerencia Política tiene como objetivo la formación ideológica, la capacitación política, de la promoción de programas que impacten en el desarrollo de la militancia y dirigencia del Partido, la difusión del pensamiento Peñagomista y la doctrina del Socialismo Democrático.

ART. 155: Son atribuciones del Centro de Pensamiento Democrático y Gestión Política:

  1. Apoyar a todos los organismos del Partido en la capacitación permanente de sus militantes.
  2. En coordinación con la Secretaría de Organización desarrollar y coordinar programas de información y actualización política dirigidos a los integrantes de los órganos de dirección partidista en todo el país.
  3. Llevar un registro de todas las personas que han cursado y completado algún curso impartido y/o coordinado por el Centro.
  4. Gestionar acuerdos de cooperación y o asistencia técnica con instituciones afines en colaboración con la Secretarías de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional.

ART. 156: La presidencia del Centro de Pensamiento Democrático y Gestión Política corresponderá al Presidente del Partido. Tendrá además un Directorio Ejecutivo, designado por la Comisión Presidencial Ejecutiva, que conducirá las tareas cotidianas y administrativas del Centro que estará integrado por:

  1. El Secretario de Modernización.
  2. El Secretario de Relaciones  Internacionales.
  3. El Secretario de Educación y Doctrina.
  4. El Director de la Unidad de Políticas Públicas.
  5. El Secretario de la Juventud.
  6. La Secretaria de la Mujer.
  7. Cinco Miembros designados por el Presidente del Partido.

Párrafo: El Directorio Ejecutivo del Centro elaborará un reglamento que normará la estructura y funcionamiento del Centro y deberá someterlo a la Comisión Presidencial Ejecutiva.

De la Escuela Nacional de Formación Política y Electoral José Francisco Peña Gómez.

ART. 157.- Para el desarrollo académico y electoral de los (as) dirigentes y militantes del partido, habrá la Escuela de Formación Política y Electoral”.

Párrafo I: La Escuela de Formación Política y Electoral tendrá un Consejo Directivo Presidido por la Secretaría Nacional de Educación, la Secretaría Nacional de Asuntos Electorales y la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología.

Párrafo II: La Escuela de Formación Política y Electoral, operará de forma continua y permanente. Contará con una asignación del cinco por ciento (5%) de los fondos públicos que le corresponden al Partido, previa presentación de presupuesto anual de la forma que establece el presente Estatuto.

Párrafo III: Para la promoción dentro del Partido será fundamental haber participado en los cursos y programas de La Escuela de Formación Política y Electoral.

De la Unidad de Políticas Públicas.

ART. 158.- La Unidad de Políticas Públicas dará seguimiento analítico, crítico y propositivo a las ejecutorias de los Poderes del Estado, especialmente, al Poder Ejecutivo.  Estará dividida en tantas comisiones como instituciones tenga el Estado en su gobierno central.